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Fuente: DEIA y Gara

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) declara «ilegales» unos libros de texto a los que el Gobierno de Iruñea negó la financiación en 2010, porque considera que contravienen la Constitución española y distorsionan totalmente la «realidad natural» del herrialde.

Tres jueces desestiman el recurso contra la exclusión de la gratuidad a libros del modelo D y su utilización como «espacio de la lengua vasca»
El tribunal navarro se alinea así con las tesis de UPN

IRUÑEA. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) se ha alineado con las tesis más conservadoras del Gobierno de UPN a la hora de desestimar un recurso contra la exclusión de la gratuidad de libros de texto utilizados en el modelo D y rechazar la utilización del término Euskal Herria como «espacio de la lengua vasca».

Si bien las entidades que recurrieron la orden foral de Alberto Catalán, que excluye de la gratuidad a los citados libros, explican que Euskal Herria se utiliza como término que «engloba diversos territorios de comunidades autónomas y estados distintos, dentro de un contexto sociológico, cultural, etnográfico e historicista como espacio de la lengua vasca», el TSJN dice que es «un ente inexistente» y que los libros «están distorsionando abiertamente la realidad fáctica y jurídica» de Nafarroa.

La citada sala del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha desestimado el recurso presentado en abril de 2010 por Gipuzkoako Ikastolen Elkartea y Elkarlanean contra la orden foral del consejero de Educación, Alberto Catalán, del 4 de marzo de 2010. En dicha orden foral, UPN retiró la financiación a ocho manuales de cinco editoriales Elkar, Erein, Ibaizabal, Ikasmina/SM y Giltza (Edebé) que se utilizan en más de cuarenta centros públicos y siete ikastolas. Estos libros, según argumentó en su día la Consejería de Educación, no serían «respetuosos» con la realidad de la Comunidad Foral navarra. La demanda de Gipuzkoako Ikastolen Elkartea y Elkarlanean se centraba en dos de los argumentos esgrimidos por el Departamento de Educación. De un lado, la supuesta «ausencia de contenidos específicos relevantes de Navarra que forman parte del Currículo de la Comunidad Foral» y de otro, «la inclusión de contenidos de Navarra en el contexto de Euskal Herria, contrariando la legalidad constitucional».

Sin embargo, Gipuzkoako Ikastolen Elkartea y Elkarlanean indicaban que el primer argumento podría darse en los libros de texto base pero no «en las unidades didácticas adicionales» que los complementan. En segundo lugar, argumentaban los recurrentes que los libros de texto «cumplen con lo que se denomina bloque de constitucionalidad»; explicaban el contexto en el que se utiliza el término Euskal Herria en los libros de texto; y precisaban que en dichos materiales de enseñanza no se utiliza el término Euskal Herria «como entidad contrapuesta a otros entes territoriales ni a otras realidades políticas» a las actuales.

los argumentos En la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, contra la que cabe recurso de casación y que está fechada el 16 de mayo de 2011, los jueces del alto tribunal desmontan ambos argumentos. Consideran los jueces que se da una «antinomia irreductible» cuando los recurrentes dicen cumplir la legalidad pero reconocen que los libros no recogen la información de Nafarroa y que ésta se da en las unidades didácticas complementarias. Entiende por ello el TSJN que «la vía curricular no es la adecuada» «luego mal se puede acoger a la financiación del libro por su manifiesta ilegalidad», precisa la sentencia.

En su segundo argumento, la sentencia indica que «nos estamos moviendo en el ámbito didáctico del área de ciencias sociales» y que los libros, «en cuanto contienen las ciencias y disciplinas académicas para los niños (nada menos) -precisa- en los ámbitos de historia, geografía, relieve, hidrografía, economía y demografía en un ente hoy inexistente como es Euskal Herria, están distorsionando abiertamente la realidad fáctica y jurídica». El TSJN opina que, respecto a la realidad política y jurídica, en los libros hay una «manifiesta, clara, patente y flagrante vulneración» de normas como la Constitución española, el Amejoramiento del Fuero o la propia Ley Orgánica del Estado, en las que Nafarroa «aparece como una realidad única en cuanto a comunidad foral no vinculada y solo parte integrante del Estado español y no de otro ente comunitario».